PROCESO PARA LAS PETICIONES
¿Qué es
una petición y para qué se presenta?
La ley de
Control de Rentas le permite a los inquilinos y a
los dueños presentar peticiones para resolver
disputas o para ajustar los niveles de las rentas.
Por lo general, la presentación de una petición hace
que se programe una audiencia. Existen varios tipos
de peticiones que se presentan ante la Junta de
Control de Rentas. Estas incluyen:
Petición
para una reducción-
presentada por un inquilino para alentar al dueño a
hacer las reparaciones necesarias o para restaurar
los servicios/las amenidades. La petición puede ser
presentada por un dueño si desea eliminar un
servicio a cambio de una reducción en la renta, o
por el Administrador de la Junta de Control de
Rentas si existen problemas en las áreas comunes;
Petición
para un aumento-
presentada por un dueño que desea incrementar los
niveles de renta de una propiedad. Generalmente,
las peticiones para los aumentos se presentan para
todas las unidades de una propiedad al mismo tiempo
y a menudo se basan en gastos altos poco comunes,
incluyendo gastos de capital para mejoras;
Petición
para la renta mínima o las amenidades mínimas-
presentada por un dueño o por un inquilino para
establecer la renta mínima o las amenidades mínimas
de una unidad. La fecha de la renta mínima es el 10
de abril de 1978 o la primera fecha cuando la unidad
se rentó después de esa fecha. El nivel de la renta
y las amenidades se establecen a partir de la fecha
de la renta mínima;
Petición
para un incremento por unidades desocupadas-
presentada por un inquilino o por un dueño que no
está de acuerdo con la determinación de la agencia
de que una unidad cumple los requisitos para un
incremento por unidades desocupadas. Las peticiones
deben presentarse en los siguientes 30 días a partir
del Aviso de que la disputa no fue resuelta en base
a los hechos presentados;
Quejas
por exceso de renta/por no registrarse-
presentadas por un inquilino que cree que se le está
cobrando o que se le ha cobrado renta por encima del
monto máximo legal. Un inquilino también puede
presentar una queja si el dueño no ha registrado la
propiedad de acuerdo con los reglamentos.
¿Cómo
hago para presentar una petición?
El
proceso de una petición se inicia llenando y
presentando una petición. Todas las peticiones se
entregan en la oficina de Control de Rentas ubicado
en el Ayuntamiento (City Hall). Las formas para las
peticiones y los reglamentos que corresponden al
proceso de peticiones están disponibles en el
mostrador de Información al Público. Cada tipo de
petición incluye instrucciones para llenar las
formas. Siga las instrucciones con cuidado. Si la
petición no se llena por completo, o se llena
incorrectamente, no podrá aceptarse para ser
presentada.
¿Qué
sucede después de que entrego una petición?
Después
de que una petición se entrega en la oficina del
Ayuntamiento, se envía al Departamento de Audiencias
o a un facilitador de mediación. Las peticiones
relacionadas con incrementos, con la renta
mínima/las amenidades mínimas y con los incrementos
por unidades desocupadas se envían directamente al
Departamento de Audiencias. Las peticiones para las
reducciones se envían al Departamento de Audiencias
para que se programe una audiencia, aunque se
intentará llevar a cabo una mediación antes de la
audiencia para tratar de resolver los problemas.
Las quejas por rentas en exceso primero se revisan
para establecer un caso a primera vista y luego se
envían al facilitador de mediación para tratar de
llegar a un acuerdo de las quejas. Si la mediación
no tiene éxito, la petición se envía al Departamento
de Audiencias. El Departamento de Audiencias revisa
las peticiones a fondo cuando las recibe. Si no se
requiere ningún cambio, se programa una audiencia.
Un Aviso para una Audiencia se envía a las partes
por lo menos 10 días antes de la audiencia. El
aviso contiene la fecha, la hora y el lugar de la
audiencia, así como también el resto de información
de importancia. Por favor, lea este aviso con
atención.
Las
audiencias se llevan a cabo en el Departamento de
Audiencias y se programan de lunes a viernes durante
el horario regular de trabajo. Por lo general, las
audiencias se programan por la mañana para dar
suficiente tiempo para que se lleve a cabo la
audiencia. La cantidad de tiempo requerido para una
audiencia varía y puede verse afectado por un número
de factores, como la cantidad de evidencia y el
testimonio presentado, el número de testigos y la
complejidad de las cuestiones que deban tratarse.
En
algunos casos, el Departamento de Audiencias podría
comunicarse con usted antes de la audiencia. La
persona que está revisando su petición podría
contactarlo si se necesita hacerle algún cambio a su
petición o si se necesita alguna aclaración. Si
usted presenta una petición para una reducción, en
la mayoría de los casos un investigador se
comunicará con usted para visitar su unidad antes de
que se realice la audiencia.
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08/25/2008
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